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10 de Septiembre del 2021. 18.30
COPIAR EN UN EXAMEN YA NO SERÁ FALTA LEVE SANCIONABLE Y LOS UNIVERSITARIOS
Pero ahora este hecho no derivará en sanción, así que no se podrá llevar a cabo la apertura de expediente
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Copiar en un examen y la nueva ley
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 7 de septiembre el anteproyecto de ley para su posterior tramitación parlamentaria, por lo que se pone en marcha la nueva ley de convivencia universitaria. Esto significa que se deroga por fin el reglamento franquista de 1954 sobre disciplina académica, hecho que muchos docentes, alumnos y expertos llevaban años reclamando, pero que ahora un punto en especial les está causando bastante desconcierto: Copiar de otro alumno ya no será falta leve.
La nueva ley reformula el marco de convivencia universitaria poniendo la mirada en la mediación como vía principal de resolución de conflictos. Inicialmente el ministro de Universidades, Manuel Castells, quería derogar el reglamento de 1954 sin más, pero los rectores le dijeron que necesitaban algún tipo de código para poder velar por el buen funcionamiento de los campus, con las debidas sanciones y normas de conducta.
Copiar en un examen y la falta leve
Castells se ha puesto del lado de los estudiantes y ha eliminado la falta leve de copiar en el examen a otro alumno. A pesar de que parezca, para algunos, una broma pesada lo que estamos exponiendo es completamente cierto. Entonces, ¿Qué va a pasar ahora? Que los profesores seguirán actuando como lo hacían, si ven a un alumno mirando el examen del compañero de al lado o sacando de repente los apuntes, le cambiarán de sitio o le suspenderán el examen.
Pero ahora este hecho no derivará en sanción, así que no se podrá llevar a cabo ni la apertura de expediente disciplinario ni la amonestación privada al estudiante.
Copiar en un examen y sanciones
- ¿Qué se considera ahora como una falta y, por ende, como motivo de sanción?
La nueva ley considera faltas graves apoderarse indebidamente del contenido de exámenes; cometer fraude académico entendido éste como cualquier comportamiento tendente a falsear los resultados de un examen o trabajo y acceder sin autorización a los sistemas informáticos de la universidad.
En el caso de una falta grave, la universidad podrá proceder a la expulsión del alumno y la pérdida de derechos de matrícula parcial, durante un curso o semestre académico. En definitiva, las universidades podrán sancionar el plagio y el fraude académico a través de comportamientos premeditados, como hacerse una chuleta o usar un pinganillo, pero las actuaciones espontáneas que contemplaba el borrador inicial han sido eliminadas.
Queremos dejar claro que La ley de Convivencia Universitaria sólo será de aplicación a las universidades públicas, que deberán aprobar sus propias normas y cuyo régimen disciplinario se dirige en exclusiva a los estudiantes.
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